En el presente caso práctico vamos a analizar diferentes situaciones en las que el riesgo de caída a distinto nivel existe gracias a la utilización incorrecta o inadecuada e insegura de equipos de trabajo.
Tenemos que recordar :
- Anexo II punto 1 b) apdo 3 del RD. 1215/1997 de 18 de Julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por l@s trabajador@s de los equipos de trabajo:
" La elevación de trabajador@s sólo estará permitida mediante equipos de trabajo y accesorios previstos a tal efecto".
" Cuando con carácter excepcional hayan de utilizarse para tal fin equipos de trabajo no previstos para ello, deberán tomarse las medidas pertinentes para garantizar la seguridad de l@s trabajador@s y disponer de una vigilancia adecuada".
- Anexo IV, parte C, punto 6d) del RD 1627/ 1997 de 24 de Octubre por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción:
"Los aparatos elevadores, lo mismo que sus accesorios, no podrán utilizarse para fines distintos de aquellos a los que estén destinados".
- Artículo 202 del IV Convenio Colectivo General del sector de la Construcción:
"Cabe decir que un equipo destinado a la elevación de cargas no se puede utilizar para la elevación de personas, salvo si se da una de las dos siguientes circunstancias:
- Se modifica la función de la máquina mediante un equipo intercambiable.
- Su uso tiene un carácter excepcional y se cumplen unos requisitos preventivos muy estrictos".
1º. Trabajador elevado por el brazo de excavadora mixta.
Las medidas preventivas, tanto como técnico de prevención como cualquier responsable de producción, en este caso sería :
- Paralizar la actividad de los trabajadores, tanto la del maquinista como la del peón, evitando de esta forma que el riesgo perdure en el tiempo.
- Informar a los implicados de los riesgos que dicha actividad conlleva y de la infracción que están cometiendo al no utilizar los medios apropiados para dicha tarea. Riesgos: caída a distinto nivel, atrapamiento por o entre objetos, golpes por objetos o herramientas.
- Indicarles la total prohibición de seguir con los trabajos sino toman las medidas de seguridad adecuadas.
- Deberán utilizar equipos de trabajo indicados para la tarea a realizar:
- Escalera de mano.
- Módulo de andamio.
- Andamio de borriquetas.
- Etc.
2º. Trabajador transportado en excavadora mixta.
Las medidas preventivas, tanto como técnico de prevención como cualquier responsable de producción, en este caso sería :
- Paralizar la actividad de los trabajadores, tanto la del maquinista como la del peón, evitando de esta forma que el riesgo perdure en el tiempo.
- Informar a los implicados de los riesgos que dicha actividad conlleva y de la infracción que están cometiendo al no utilizar los medios apropiados para dicha tarea.Riesgos : caída a distinto nivel, atrapamiento por vuelco de máquinas, golpes por objetos o herramientas.
- Indicarles la total prohibición de seguir con los trabajos sino toman las medidas de seguridad adecuadas.
- Deberán utilizar equipos de trabajo indicados para la tarea a realizar:
- Vehículo de empresa para los desplazamientos del personal de obra.
- Se podrá viajar en la cabina de la maquina siempre que ésta tenga el habitáculo homologado para acompañante con asiento y cinturón de seguridad para el mismo.
- Además la máquina deberá circular por la obra con el rotativo luminoso encendido y el trabajador con el casco de seguridad.
Nota: El trabajador después de ser sorprendido en la cabina de la máquina mientras el maquinista realizaba las tareas de excavación decide bajar de la misma saltando velozmente.
Las medidas preventivas, tanto como técnico de prevención como cualquier responsable de producción, en este caso sería :
- Paralizar la actividad de los trabajadores, tanto la del maquinista como la del peón, evitando de esta forma que el riesgo perdure en el tiempo.
- Informar a los implicados del riesgo que dicha actividad conlleva y de la infracción que están cometiendo al no utilizar los medios apropiados para dicha tarea.
- Indicarles la total prohibición de seguir con los trabajos sino toman las medidas de seguridad adecuadas.
- Los trabajador@s han de utilizar los medios adecuados para subir y bajar de las máquinas (escalerillas), estando prohibido saltar desde la cabina por los riegos que ello conlleva como: caídas a distinto nivel,pisadas sobre objetos, atropellos o golpes con vehículos, atrapamientos.
- Informarles de que para comunicarse han de :
- Detener la actividad de la máquina.
- Utilizar si fuera posible medios como walkie- talkie o similar.
- Además el trabajador ha de utilizar los epis obligatorios en obra: calzado de seguridad, casco, ect.
Las medidas preventivas, tanto como técnico de prevención como cualquier responsable de producción, en este caso sería :
- Paralizar la actividad del trabajador.
- Informar a los implicados del riesgo que dicha actividad conlleva y de la infracción que están cometiendo al no utilizar los medios apropiados para dicha tarea.Riesgos: caída a distinto nivel.
- Indicarles la total prohibición de seguir con los trabajos sino toman las medidas de seguridad adecuadas.
- Los trabajador@s encargados de hacer la carga y descarga de material en obra no han de subir a la carga salvo que ésta no supere los 2 metros de altura o el trabajad@r esté asegurado por medio de un EPI adecuado.



No hay comentarios:
Publicar un comentario